Inicio > Ley 18/2006, de 5 de junio, para la eficacia en la Unión Europea de las resoluciones de embargo y de aseguramiento de pruebas en procedimientos penales (Vigente hasta el 11 de Diciembre de 2014).
Ley 18/2006, de 5 de junio, para la eficacia en la Unión Europea de las resoluciones de embargo y de aseguramiento de pruebas en procedimientos penales (Vigente hasta el 11 de Diciembre de 2014).
11.04.2015 16:53
Sumario
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- CAPÍTULO II. Transmisión por las autoridades españolas de una resolución de embargo o aseguramiento de pruebas para su ejecución en otro Estado miembro de la Unión Europea
- CAPÍTULO III. Ejecución en España de las resoluciones de embargo de bienes o de aseguramiento de pruebas emitidas por las autoridades judiciales de otro Estado miembro de la Unión Europea
- Artículo 10 Doble tipificación de los delitos
- Artículo 11 Reconocimiento y ejecución inmediata
- Artículo 12 Normas aplicables para la ejecución de la resolución
- Artículo 13 Duración de la medida
- Artículo 14 Motivos de no reconocimiento o no ejecución de las medidas solicitadas
- Artículo 15 Motivos de suspensión de la ejecución
- Artículo 16 Recursos
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO . Certificado para la ejecución de medidas de embargo y de aseguramiento de pruebas en otro Estado miembro de la Unión Europea
Ley 18/2006, 5 junio, derogada por la disposición derogatoria única de la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea («B.O.E.» 21 noviembre) el 11 de diciembre de 2014.
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA